CLAUSULA DESCUENTO POR NOMINA O DOMICILIACIóN BANCARIA (CHEQUES, DÉBITO O CRÉDITO.
El contratante que haya adquirido un seguro de manera voluntaria bajo el esquema de “Descuento por Nomina” o “Domiciliación Bancaria” (cuenta de cheques, débito o crédito), tiene la obligación de vigilar que en sus recibos de pago o estados de cuenta, se haya realizado la retención de la prima del seguro contratado, dentro de los 30 días naturales siguientes al inicio de la vigencia. En caso de que no aparezca dicha retención/descuento en su cuenta bancaria, deberá de inmediato reportarlo. Si dentro de 30 días naturales posteriores al inicio de vigencia de la póliza, no se ha realizado la primera retención, se aplicara la cancelación por falta de pago de acuerdo a la cláusula “Prima y obligaciones de Pago”, descrita en las condiciones Generales de su póliza.